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Sentencia.
En Estepona, a diecisiete de septiembre de dos mil diez.
La señora doña Mariana Peregrina Blanco, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Estepona y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 661/2007, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una, como demandante doña Khadija Ezzain, con Procurador don Carlos Fernández Martínez, y de otra, como demandado don Mohamdi Ould Mohamed Cherif.
Fallo.
Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales don Carlos Fernández Martínez, en nombre de doña Khadija Ezzain, contra don Mohamdi Ould Mohamed Cherif, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de siete mil cien euros (7.100 €) de principal más los intereses legales y costas del procedimiento.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de 5 días.
Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Estepona, 21 de junio de 2013.- El Secretario Judicial, Mariano de Heredia Fernández.
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