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Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba anuncia,
Primero.- Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 139.05/2011 se ha dictado el 27 de junio de 2013 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto tras la presentación de adhesiones al mismo.
Segundo.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.
El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
Tercero.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en la plazo de diez días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el B.O.E. y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto número 2259 0000 00 013911 indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código '02', de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Córdoba, 27 de junio de 2013.- El/La Secretario Judicial.
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