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Documento BOE-B-2013-26692

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 2013, páginas 35586 a 35586 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-26692

TEXTO

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000109/2013, seguido a instancias de la procuradora doña María Emma Crespo Ferrandiz, en nombre y representación de d./doña Adasat Manuel Alvarez Vera y Guacimara Pérez Godoy, se ha dictado Auto el día 18 de junio de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de d./doña Promovecigranca, S.L., con CIF, n.º B35798255, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de necesario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Joaquín de León Madueño, como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de c/ Carmen Chopis n.º 7–3.ª planta y código postal 35003 teléfono 928360618 y fax 928372462, así como dirección electrónica jdelon@abogadosdeleonyval.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 LC.).

Para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de julio de 2013.- Secretaria Judicial.

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