Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.
Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 900/12, en que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad "Idalgo & Matamoros, S.L.", y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso voluntario 900/12 Sección C1.
NIG del procediemiento: 08019-47-1-2012-8006652.
Entidad concursada: "Idalgo & Matamoros, S.L.", con CIF n.º B65449233.
Tipo de concurso: Voluntario.
Fecha del auto de declaración: 3/01/2013.
Administrador concursal: Don Pedro Miret Betanzos (economista), con correo electrónico pmiret@ricconsulting.es, con domicilio c/ Balmes, 135, pral. 1.ª, 08008 Barcelona (Barcelona), y n.º teléfono 934197538, designado por "Técnicos Judiciales Ric Consulting, S.L.P.".
Facultades del concursado: Intervenidas.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalarará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 10 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.
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