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Documento BOE-B-2013-28278

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 22 de julio de 2013, páginas 37781 a 37781 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-28278

TEXTO

Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 1295/2012, habiéndose dictado por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de fin de fase común y apertura de la fase de convenio en fecha 13 de junio de 2013 respecto de la mercantil Carlos Descals, S.L. con CIF B46121380, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1. Declarar finalizada la fase común de concurso, y declarar la apertura de la fase de convenio respecto a la mercantil Carlos Descals, S.L.

2. Procédase a la formación de la sección quinta del concurso que principiará con el correspondiente testimonio del presente auto.

3. Se acuerda la tramitación escrita del convenio. Consecuentemente, sólo se podrán presentar propuestas de convenio conforme al art. 113.2 hasta un mes anterior al vencimiento del plazo de dos meses contados desde la fecha del presente auto.

A los oportunos efectos clarificatorios, "hasta el mes anterior al vencimiento del plazo de dos meses contados desde la fecha del presente auto" será hasta el día 13 de julio de 2013.

Dentro de tal plazo deberá admitirse a trámite la propuesta de convenio, si procede; dándose traslado de la misma a la administración concursal para su evaluación, dentro del plazo legalmente exigido.

4. Se fija la fecha límite para presentar adhesiones o votos en contra en la forma establecida en los artículos 103 y 115 bis, que será de dos meses contados desde la fecha del presente auto (que será hasta el día 13 de agosto de 2013).

Desde que quede de manifiesto el escrito de evaluación en la oficina judicial, se admitirán adhesiones o votos en contra de acreedores a la nueva propuesta de convenio hasta la conclusión del plazo previsto en el apartado anterior.

Las adhesiones, revocación de las mismas o votos en contra a las propuestas de convenio deberán emitirse en la forma prevista en el art. 103.

Valencia, 13 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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