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Documento BOE-B-2013-28680

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 2013, páginas 38338 a 38338 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-28680

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pamplona/Iruña anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000297/2012 referente al concursado Estructuras Corellanas, S.L., con CIF número B-31724503 y domicilio social en calle Pablo Sarasate, 1, bajo, de Tudela, por auto de fecha 19 de junio de 2013 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso

2.- Mantener en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. Que ya había sido acordada por auto de fecha 16 de noviembre de 2012.

3.- Declarar la disolución de la entidad Estructuras Corellanas, S.L., y el cese de los administradores sociales, que serán sustituidos por el administrador concursal.

4.- Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal, y tablón de anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC).

6.- Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos preferentemente por vía telemática (artículos 24 y 144 de la LC), o en su caso a través del procurador solicitante del concurso para que se haga cargo de su diligenciamiento, así al Registro Mercantil.

7.- Que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

Pamplona/Iruña, 19 de junio de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

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