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Documento BOE-B-2013-28781

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2013, páginas 38472 a 38472 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2013-28781

TEXTO

Edicto.

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 10/2011 seguido a instancia de Juan Antonio de la Paz Grindley frente Jorge Muñoz Alonso y Transportes MRW (Fitman, S.L.) se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia número 80/13.

En la ciudad de Granada a 19 de abril de 2013.

El señor don Antonio Pastor Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número siete de los de Granada, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario, promovidos a instancia de Juan Antonio de la Paz Grindley. y en su representación el procurador Enrique Raya Carrillo, y en su defensa el letrado Rafael Estepa Peregrina, contra Fitman, S.L. (antes MRW), representado por el procurador Inmaculada Correa Cuesta, y defendido por el letrado Alberto Garrido Pérez, y contra Jorge Muñoz Alonso, en este juicio que versa sobre reclamación de cantidad y

Fallo

Que estimando en parte el suplico de la demanda presentada por el procurador Enrique Raya Carrillo, actuando en nombre y representación de Juan Antonio de la Paz Grindley, contra Fitman, S.L. (antes MRW), representado por el procurador Inmaculada Correa Cuesta y contra Jorge Muñoz Alonso, declarado en rebeldía, debo condenar y condeno a Jorge Muñoz Alonso, a que pague a la parte demandante la suma de 8.000 euros, más intereses legales desde la reclamación, así como a que satisfaga las costas de este procedimiento. Con excepción de las causadas a MRW, a cuyo pago se condena expresamente al demandante Juan Antonio de la Paz Grindley.

Que estimando como estimo la excepción de prescripción alegada, debo absolver y absuelvo a Fitman S.L. de todos los pedimentos formulados en su contra.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo y forma previsto en el artículo 458 LEC, previo depósito regulado en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 1/2009 de 3 de noviembre, que se ingresará en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos y cuyo original se incluirá en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Jorge Muñoz Alonso en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Granada, 11 de junio de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

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