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Documento BOE-B-2013-29022

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2013, páginas 38777 a 38777 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-29022

TEXTO

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm.5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, 12.ª planta.

Numero de asunto.- Concurso voluntario 389/2013 5.ª

Tipo de concurso.- Voluntario

Entidad instante del concurso y NIF.- "Bioglane, S.L.N.E.", B64600646.

Fecha del Auto de declaración.- 25 de junio de 2013.

Administradores concursales.- La mercantil "SQV Concursal Associats, S.L.P.", la cual ha designado como persona física que la represente a don Miguel Solsona Tres, con DNI 38525653D, domiciliado en plaza Sant Jaume, 11 A, bajos, Sant Quirze del Vallès (Barcelona), como abogado, con correo electrónico concurso389@associats.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 1 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

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