Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.
Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 500/2013, en el que se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a la entidad "Imperia Fruit, S.A.", y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Numero de asunto.- Concurso voluntario 500/2013 Sección C5.
NIG del procedimientko.- 08019 47 1 2013 8003565.
Entidad concursada.- "Imperia Fruit, S.A.", con CIF A-63848816.
Tipo de concurso.- Voluntario.
Fecha del Auto de declaracion.-10 de julio de 2013.
Administrador concursal.- Don Rodrigo Cabero Gregori, con correo electrónico imperiafruitconcurso@cabedo.com, domicilio en Avda. Sarria, 37, principal 1.ª, 08029 Barcelona (Barcelona), y teléfono 934951661.
Facultades del concursado.- Intervenidas.
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicacion de creditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Admnistración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Adminsitración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 16 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.
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