El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 30 de mayo de 2013, adoptó, entre otros, el acuerdo de autorizar prorrogar el plazo de vigencia del título que habilita para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías en el puerto de Palma, a la empresa Herederos de Pedro J. Pujol Nicolau, S.L., con sujeción a las mismas condiciones y al pliego regulador aprobado por Puertos del Estado, hasta que se otorgue licencia de conformidad con las prescripciones particulares, previstas en el artículo 113 del TRLPEMM y en todo caso por un plazo máximo de dos (2) años, si éstas no se aprobaran con anterioridad, sin perjuicio de la obligación del titular de someterse a las modificaciones legales que afecten al régimen jurídico del título, sin que ello genere derecho a indemnización alguna a su favor, debiendo actualizar la fianza depositada de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 6.ª del Pliego para la Prestación del Servicio Público de Estiba y Desestiba de Buques en los Puertos del Estado en Baleares, computándose dicha prórroga desde el 13 de enero de 2013.
Palma de Mallorca, 3 de julio de 2013.- El Presidente, don José M.ª Urrutia Mera. El Secretario, don Jaume Ferrando Barceló.
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