Edicto
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,
Anuncia: Que en el concurso voluntario abreviado número 86/2012, seguido a instancias de Rehabilitaciones y Construcciones de Asturias, Sociedad Limitada, CIF número B-33780636, con domicilio en Calle Santa Lucía, número 7, 2.º, de Gijón, se ha dictado sentencia en fecha 3 de octubre de 2012 aprobando la propuesta de convenio presentada por el concursado, en la que se acuerda:
1º.- Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada por el concursado Rehabilitaciones y Construcciones de Asturias, Sociedad Limitada, que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 10 de diciembre de 2012.
2º.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.
3º.- Se acuerda el cese de la Administración Concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del título VI.
4º.- Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.
5º.- Requiérase a la entidad concursada, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este juzgado acerca del cumplimiento del convenio
Gijón, 14 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.
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