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Documento BOE-B-2013-31251

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 10 de agosto de 2013, páginas 41791 a 41791 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-31251

TEXTO

Edicto.

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona.

Hace saber: Que en los autos NIG 08019-47-1-2013-8003694 y n.º 478/2013 B se ha declarado el concurso voluntario de fecha 22/7/2013 de "Femaster, S.L." con CIF B-62058235 y domicilio en Avda. Can Sucarrats, 116 nave 13, Rubí, en el que se ha decretado Intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es AD Legis Servicios Jurídicos, S.L.U. con domicilio en c/ Tuset, 19, 3-2 08006 Barcelona y correo electrónico concursofemaster@adlegis.es

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en la C/ Tuset, 19, 3-2 08006 Barcelona o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de la identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones designando abogado y procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 25 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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