El Juzgado de lo Mercantil número 9, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia:
1º.- Que conforme a lo acordado por auto de fecha 22/07/13 se ha declarado:
La Conclusión del Concurso Voluntario de Carlo José Parra Florensa, bajo el número de autos 728/10 por inexistencia de Bienes y derechos con los que integrar la masa activa del Concurso, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, y pudiendo los Acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos.
2º:. - Que se procede al cese en su cargo del Administrador Concursal nombrado en su día: Don Juan Oñate Dancausa, con domicilio en la calle Fernando el Santo, 15, 2.º, 28010 Madrid.
Madrid, 22 de julio de 2013.- Secretaria Judicial.
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