Por la representación legal de la empresa "Parques Eólicos del Cantábrico, S.A.U", a cuyo favor y con fecha 13/10/2004 le fue cedida la autorización administrativa del Parque Eólico "Sierra del Acebo", en el concejo de Grandas de Salime otorgada con fecha 31/08/2000 a favor de la empresa Sinae Energía y Medio Ambiente, S.A., y teniendo en cuenta que por Resoluciones de la Consejería de Industria y Empleo de 20/03/2002 y 19/12/2003 se aprobaron la ejecución del proyecto de dicho parque eólico y la línea subterránea de evacuación, respectivamente, se ha solicitado la Declaración de Utilidad Pública del Parque Eólico "Sierra del Acebo", en el Concejo de Grandas de Salime, sus instalaciones, línea de evacuación y resto de servicios, a los efectos del artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y al amparo del art. 33 del Decreto 43/2008, de 15 de mayo, sobre procedimientos para la autorización de parques eólicos por el Principado de Asturias (BOPA n.º 128, del martes 3 de junio de 2008), relativo a la declaración de utilidad pública de los Parques Eólicos, puesto en consideración con lo establecido en el Titulo IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Destacar que la empresa "Parques Eólicos del Cantábrico, S.A.U.", ha alcanzado acuerdos con todos los propietarios afectados por la ejecución del referido parque eólico, por lo que la tramitación del presente expediente, única y exclusivamente se realiza a los efectos del citado artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
En consecuencia, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 43/2008, de 15 de mayo, sobre procedimientos para la autorización de parques eólicos por el Principado de Asturias, la Ley de Expropiación Forzosa de 16/12/1954 y el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, por la presente se somete a información pública el expediente de Declaración de Utilidad Pública del Parque Eólico "Sierra del Acebo" (PE-7), sus instalaciones, línea de evacuación y resto de servicios, durante un periodo de veinte días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio.
Lo que se hace público para conocimiento general y para que pueda ser examinado el expediente en la Dirección General de Minería y Energía, Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética (plaza de España, n.º 1, 3.ª planta, Oviedo), con el objeto de alegar por escrito todo aquello que se estime oportuno.
Oviedo, 26 de julio de 2013.- El Jefe del Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética. Fdo.: Luis Rodríguez Rodríguez.
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