Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,
Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de Concurso Abreviado - 000656/2012 - K, de la mercantil Realsa Alcoyana Construcciones, S.L., Promociones y Construcciones Realblanc de Alcoy, S.L., y Grupo Realsa Alcoyana, S.L., en cuyo seno, con fecha nueve de septiembre de dos mil trece, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
1.- Se acuerda poner fin a la fase común.
2.- Se acuerda la apertura de la sección sexta.
Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera, relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo 168 Ley Concursal). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 Ley Concursal.
3.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.
4.- Comuníquese esta resolución en los Incidentes Concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, que servirá de apelación más próxima a los efectos del artículo 197.3 Ley Concursal.
Así por este Auto. lo pronuncia, manda y firma don Rafael Fuentes Devesa, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 2 de Alicante. Doy fe.
Alicante, 9 de septiembre de 2013.- La Secretaria judicial.
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