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Documento BOE-B-2013-34392

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 19 de septiembre de 2013, páginas 46355 a 46355 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-34392

TEXTO

Edicto

En el presente procedimiento Sección VI, Calificación Concurso 0000156/2010, seguido a instancia del procurador señor Valdés Albillo en nombre y representación de Conformados Metálicos de Galicia, Sociedad Anónima, Comegasa, frente a Montajes Metálicos Mein, Sociedad Anónima, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Vigo, a veintinueve de abril de 2013.

Don José María Blanco Saralegui, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número tres de Pontevedra, habiendo visto la demanda incidental de calificación en autos registrados con el número 156/10 instados por la administración concursal y el ministerio fiscal frente a Montajes Metálicos Mein, Sociedad Anónima, y don Juan Antonio Mein Domínguez, en situación de rebeldía procesal.

Que estimado las pretensiones formuladas por la administración concursal y el ministerio fiscal debo declarar y declaro:

a) Que el concurso de Montajes Metálicos Mein Sociedad Anónima es culpable por concurrencia de las conductas narradas en los fundamentos de derecho, incardinadas en los artículos 164.2. 1.º 165.1, 2 y 3 de la Ley Concursal

b) Que don Juan Antonio Mein Domínguez tiene la condición de persona afectada por la calificación

y debo condenar y condeno a don Juan Antonio Mein Domínguez a diez años de inhabilitación para administrar los bienes ajenos, así como para representar o administrar a cualquier persona durante el mismo periodo, y a la pérdida de cualquier bien o derecho que como acreedor pudiera tener contra la masa activa, así como a abonar la totalidad del déficit resultante de la liquidación.

Firme esta resolución remítase mandamiento al Registro Mercantil a los efectos previstos en el artículo 320 RRM y artículo 198 de la Ley Concursal, así como al Registro Civil de nacimiento de las personas afectada por la calificación.

Notifíquese a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación por quienes hayan sido partes en la sección de calificación en el plazo de veinte días ante este mismo juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil para su conocimiento y fallo por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Pontevedra, previa consignación de 50 euros en la forma prevista en la DA 15.ª Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así por esta mi sentencia, que se registrará en el libro de sentencias y de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho persona afectada por la calificación, Juan Antonio Mein Domínguez en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Vigo, 14 de junio de 2013.- El Secretario judicial.

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