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Documento BOE-B-2013-36033

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 2013, páginas 48446 a 48446 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-36033

TEXTO

Doña Cristina María Valero Domench, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,

Por el presente se hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de TM Embalajes, S.L., con el número de registro 1528/2012 en cuyo seno se ha dictado sentencia de fecha 6 de septiembre de 2013, por el que se aprueba el convenio presentado y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 28 de noviembre de 2012 con alternativa única al que se han adherido acreedores que representan el 60 por 100 del pasivo ordinario del deudor y una espera de 5 años, habiéndose ordenado se proceda a dar la publicidad de los artículos 23 y 24 LC, y cuyo fallo es el orden literal siguiente:

Fallo:

La aprobación del convenio anticipado de acreedores de la entidad mercantil T.M. Embalajes, S.L., adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, que lo es por esta sentencia, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando la Administración Concursal, tras la pertinente rendición de cuentas, excepto en la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa y en aquello atinente a la sección de calificación.

La sentencia que apruebe el convenio debe de ser publicada en la forma prevista en el Fundamento de Derecho Sexto de esta sentencia.

Fórmense la Sección Sexta del Concurso a los efectos procedentes.

No hay condena en costas.

Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, por mor del art. 197.5 cabe recurso de apelación que se tramitará con carácter preferente.

El convenio está de manifiesto en la Oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que debe prepararse mediante escrito presentado en este órgano judicial en el plazo de cinco días computándose desde la última fecha de publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Registro Público Concursal, BOE y en el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial.

La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Valencia, 6 de septiembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

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