Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acredores n.º 1151/09 I en que ha recaído en este fecha resolución cuya parte dispositiva es de este tenor literal:
"Parte Dispositiva
1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Coprodima, S.L., el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.
3.- Se acuerda la extinción de Coprodima, S.L., con CIF N.º B 54308226, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.
4.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 4 de julio de 2013."
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 LC, publicándose en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE de forma gratuita en tanto no se cree el Registro Público Concursal.
Modo de impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. don Rafael Fuentes Devesa, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.
Alicante, 17 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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