Contido non dispoñible en galego
D. Francisco Miras Ortiz, Notario del Ilustre Colegio de Cataluña, con residencia en Barcelona,
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Barcelona, calle Pau Claris, número 163, 3.º, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Urbana: Porción de terreno, solar, sito en Barcelona, barriada de San Andrés del Palomar, con frente al paseo de Maragall, donde le corresponden los números 295 y 297. Tiene una superficie según el Registro de 2.140,50 metros cuadrados. Linda: por su frente, con el paseo de Maragall; por la derecha, entrando, en parte, con terrenos de Joaquín Mares y en parte con finca de terceros, segregada de la matriz; por la izquierda, con parcelas procedentes de la misma finca matriz, y por el fondo, con la calle Creixell, calle Vicente López y confluencia de ambas.
Inscripción.- Registro de la Propiedad número veintitrés de los de Barcelona, tomo 2.717, libro 261, folio 210, finca número 18.086, inscripciones 5.ª, 7.ª, 9.ª y 10.ª
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaria. La 1.ª subasta el día 4 de marzo de 2013, a las 10,00 horas, siendo el tipo base el de 3.703.092,19 euros; de no haber postor o si resultare fallida, la 2.ª subasta, el 25 de marzo de 2013, a las 10,00 horas, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la 3.ª subasta el 16 de abril de 2013, a las 10,00 horas sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación mejorantes y mejor postor el 17 de abril de 2013, a las 10,00 horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaria de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la notaria una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta y en la 3.ª un 20 por ciento del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.
Barcelona, 14 de enero de 2013.- El Notario, Francisco Miras Ortiz.
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