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El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia:
Que en el procedimiento concursal n.º 736/12 referente al deudor Foz 51, SL., con C.I.F: B-80940976, por auto de fecha 19/09/13 se ha acordado lo siguiente:
1.º Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
2.º Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y de disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.C.
3.º Se declara disuelta la entidad Foz 51, SL., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.º Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y en su caso la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.
5.º Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se publicarán en el BOE y se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado.
Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos.
6.º En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso conforme a lo dispuesto en el art. 148.1 de la L.C.
Madrid, 19 de septiembre de 2013.- Secretario Judicial.
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