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Documento BOE-B-2013-37985

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 12 de octubre de 2013, páginas 51040 a 51040 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-37985

TEXTO

Edicto

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 643/2013, en el que se ha dictado con fecha 12 de septiembre de 2013 auto declarando en estado de concurso a María Carmen Colás Lombardía, con NIF 46.035.671K y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019-47-1-2013-8004228

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: María Carmen Colás Lombardía, con domicilio en calle Pau Picasso, 14, 4.º 3.ª de Badalona.

Administrador concursal: Don Luis Esteban Guerra Vidiella, con domicilio Comte d'Urgell, 240, 3.º D, de Barcelona, con correo electrónico nmf@auditia.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 30 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.

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