Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BOE-B-2013-38173

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la Notificacion de Procedimiento Sancionador, ante la imposibilidad de notificación en domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 12 de octubre de 2013, páginas 51298 a 51298 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2013-38173

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y para que sirva de notificación al interesado que se indican a continuación, ante el resultado negativo de dos intentos en el domicilio señalado por el mismos, se hace público que por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos se ha dictado Resolución del expediente señalado a continuación..

El interesado a efectos de esta notificación, o su representante podrá solicitar, acreditando su identidad, una copia de la Resolución correspondiente, compareciendo de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 en el Servicio de Atención al Ciudadano de la sede de la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, o contactando a través de https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/, en el plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

En el marco de lo dispuesto en el artículo 128 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, se ha dictado Procedimiento Sancionador identificados a continuación.

Nº EXPEDIENTE

IDENTIFICACION

PS/00159/2013

D.F.D.C. X3544365L

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la LRJPAC, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución o, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal.

Madrid, 8 de octubre de 2013.- La Secretaria General de la Agencia Española de Protección de Datos, María José Blanco Antón, de conformidad con lo establecido en el art. 30, apartado b) del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid