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Documento BOE-B-2013-38276

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 14 de octubre de 2013, páginas 51408 a 51408 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-38276

TEXTO

Edicto

Don José Tronchoni Albert, Secretario/a Judicial de Xdo. do Mercantil N. 1 de Pontevedra, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el. º Sección I Declaración Concurso 0000213/2013 y NIG n.º 36038 47 1 2013/0000323, se ha dictado en fecha 20/09/13 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Jacobo y Rodríguez, S.L., con CIF N.º B-27.162.668, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle San Lázaro, 9, de Monforte de Lemos; inscrita en el Registro Mercantil de Lugo, en la Hoja LU-2.353, al folio 103, del Tomo y Libro 185; toda vez que ha acreditado su estado de insolvencia actual.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a D. Pablo Marcos Fernández, con domicilio postal en C/ Valencia, 16 – 5.º A, 36203 de Vigo y dirección electrónica señalada marcosp@mundo-r.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores.

Pontevedra, 25 de septiembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

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