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Documento BOE-B-2013-39212

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 21 de octubre de 2013, páginas 52680 a 52680 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2013-39212

TEXTO

Sentencia 54/2013

En Barcelona, a 6 de marzo del 2013.

Vistos por don Juan Ignacio Calabuig Alcalá del Olmo, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 54 de esta ciudad los presentes autos de juicio ordinario sobre resolución contractual n.º 918/2009, promovidos por doña María Mercedes Arroyo García y don Juan Valverde López contra Great Time, S.L., en situación de rebeldía procesal, y contra Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Fallo:

Que debo estimar y estimo la demanda principal interpuesta por el Procurador, doña María Mercedes Arroyo García y don Juan Valverde López, representados en juicio por el Procurador Don/Doña Gloria Ferrer Massanas, y defendidos por el Letrado Don/Doña Francisco Damián Vázquez Jiménez contra Great Time, S.L., en situación de rebeldía procesal, y contra Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., y en consecuencia acuerdo:

1.º Declarar la resolución de pleno derecho del contrato de aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles de uso turístico, suscrito por los actores y Great Time, S.L. el 23-7-2001.

2.º Declarar la resolución de la póliza de préstamo suscrita por los actores el 9-8-2001 con el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

3.º Condenar a los demandados a abonar solidariamente a los actores la cantidad de 7.689,71 euros.

4.º Condenar al BBVA a reintegrar a los actores todas los importes percibidos en concepto de gastos, intereses ordinarios y de demora del préstamo previo descuento de la cantidad de 303,75 euros.

5.º Condenar a los demandados a abonar el interés legal de demora en los términos expuestos en el fundamento jurídico 9.º de esta sentencia.

Se impone el abono de las costas devengadas a las demandadas.

Comuníquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Audiencia Provincial en el plazo de 20 días desde su notificación mediante presentación de escrito de interposición en los términos del art. 458 LEc 2000.

Y para que sirva de notificación a Great Time, S.L. que se halla en paradero desconocido se expide el presente.

Barcelona, 12 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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