Content not available in English

You are in

Documento BOE-B-2013-39232

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 21 de octubre de 2013, páginas 52700 a 52700 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-39232

TEXTO

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 592/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Fundació Privada Orfeó de Sants y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 592/2013 Sección C1.

NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2013-8004531.

Entidad concursada.- Fundació Privada Orfeó de Sants, con CIF n.º G63071211.

Tipo de concurso.- Voluntario

Fecha del auto de declaración.- 2-09-2013.

Administrador concursal.- Josep Pane Queralto, con D.N.I 78049984J, domicilio profesional en calle Castillejos, 360, bajos, 08025 Barcelona, núm. de teléfono 934365313, núm. de fax 934365313, con dirección electrónica

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 30 de septiembre de 2013.- La Secretaria judicial.

subir

State Agency Official State Gazette

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid