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Edicto.
Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º3 de Pontevedra, con sede en Vigo, por el presente,
Hago saber: Que en la Sección I Declaración de Concurso 219/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 12 de septiembre de 2013 Auto acordando lo siguiente:
1- Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad deudora Universal de Pescados, S.L. con C.I.F. número B-36.879.005, con domicilio en Vigo, Avenida García Barbón, número 32, primero, oficina 1, C.P. 36201.
2- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.
3- Se ha declarado disuelta la entidad Universal de Pescados, S.L., acordando la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.
4- El administrador concursal designado es la abogada Doña Paula Baamonde de la Torre, con D.N.I. 35.323.316-P, y con domicilio profesional a efecto de notificaciones en Pontevedra Calle Rosalía de Castro, número 46, Portal A, primero A, C.P. 36001, y con correo electrónico: paulaebaamonde@gmail.com
5- Igualmente, se ha acordado el llamamiento a los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursada practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.
6- Que los acreedores interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a ( artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Vigo, 12 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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