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Documento BOE-B-2013-40345

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 2013, páginas 54237 a 54238 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-40345

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 539/2013 referente al concursado Carpintería Ebanistería Goyoaga, Sociedad Limitada, CIF B48740740, en fecha 16 de Octubre de 2013, se ha dictado auto aprobando el plan de liquidación, cuyo encabezamiento y parte dispositiva, es del tenor siguiente:

Auto

Juez que lo dicta: D. Marcos Bermúdez Ávila. Lugar: Bilbao (Bizkaia). Fecha: dieciséis de octubre de dos mil trece.

Parte dispositiva

1.- Se aprueba el plan de liquidación presentado por la administración concursal al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

2.- Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración del concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración del concurso y el informe de la administración. Cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte de dicha sección, en los términos establecidos en el artículo 168 de la LC.

3.- Inscríbase esta resolución en el correspondiente Registro (artículo 24 de la LC).

4.- Publíquese esta resolución en el BOE.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 148.2 de la LC).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LEC).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto ( Banco Español de Crédito) con el número 2195, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un "Recurso" código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

No están obligados a constituir el depósito para recurrir los declarados exentos en la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

Firma del/de la Juez/Epailearen sinadura.

Bilbao, 16 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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