Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, hago saber:
Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal n.º 0000447/2005 (N.I.G. 33044 47 1 2005 0100612), relativo al deudor Proyecciones Viella, S.L., con CIF B74028200, en el cual, con fecha 6 de septiembre de 2013 se dictó Auto declarando la conclusión del concurso al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. En la misma resolución se acuerda:
- el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes,
- la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Asturias.
- los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equiparara a una sentencia de condena firme.
La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado
Oviedo, 6 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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