Yo, Francisco Javier González López, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Castilla la Mancha, con residencia en Fuensalida (Toledo), en la calle Merás, n.º 21, 2.º D, con teléfono 925784720, hago constar que en mi Notaria se tramita la venta extrajudicial de la siguiente finca hipotecada:
Número seis.-Vivienda izquierda, en planta segunda, tipo C, del edificio en Fuensalida (Toledo), en la calle Santa Cruz, número 53, con entrada por el portal situado en la calle José Ortega y Gasset, número uno. Tiene una superficie construida de noventa y nueve metros, sesenta y un decímetros cuadrados (99,61 m2) y una superficie útil de ochenta y seis metros, veintiocho decímetros cuadrados (86,28 m2) y se distribuye en comedor, cuatro dormitorios, hall, cocina y cuarto de baño. Linda: Frente, por donde tiene la entrada, vivienda derecha de esta misma planta, rellano y caja de escalera; derecha, entrando, calle Ortega y Gasset; izquierda, con el patio donde tiene cuatro huecos; y fondo, finca de don Dalmacio Cudero Martín-Caro. Cuota: Tiene asignada una cuota de participación en los elementos comunes y gastos generales del edificio del 15 por ciento. Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrijos, al Tomo 2193, libro 306, folio 47, finca número 13780, inscripción 10ª.
Procediendo a la única subasta que tendrá lugar en mi Notaría y que se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible por el artículo 236 del RH y demás disposiciones aplicables:
a) La subasta tendrá lugar el próximo día 20 de diciembre de 2013, a las 10:00, horas, al tipo del precio tasado en la escritura de constitución de la hipoteca, que es la cantidad de 180.059,83 euros.
b) Para tomar parte en la subasta los postores deberán consignar en la Notaría, previamente a la subasta, una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo, mediante cheque bancario a nombre del Notario.
c) Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante de depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
d) La documentación y la Certificación Registral a que se refieren los artículos 236-A y 236-B del Reglamento Hipotecario están de manifiesto en la Notaría de lunes a viernes de las 10 a las 14 horas, entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en las subastas, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.
Fuensalida, 25 de octubre de 2013.- Francisco Javier González López. Notario de Fuensalida.
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