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Doña Amparo Mundi Sancho, Notario del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en Sagunto,
Hago constar: Que se han iniciado, ante mi, los trámites para la venta extrajudicial por medio de subasta, a instancia de Don José-Antonio Álvarez Cano, contra la mercantil "Construcciones Decur, S.L." sobre la siguiente finca hipotecada:
Rustica.- Trozo de tierra culta, plantada de naranjos, en la partida del Tablar, en término municipal de Canet D'En Berenguer. Ocupa una superficie de cinco mil trescientos cincuenta y tres metros y cincuenta y un decímetros cuadrados. Linda: Norte, parcela 48 de Pilar Gimeno Marzal, parcela 49 de José Girona Lluesma y parcela 103 de Antonio Bru Girona; Sur, Comunidad de Regantes de Canet D'En Berenguer; Este, parcela 166 de Construcciones Decur, S.L.; y Oeste, parcela 35 de Eusebio Robles Martínez, parcela 143 de Antonio Antoni Caballer, parcela 144 de Eusebio Robles Martínez y parcela 34 de Francisca Ballester Martínez.
Catastro.- Corresponde a la parcela 32 del polígono 8.
Referencia Catastral.- 46084A008000320000IT.
Inscripción.- Inscrita en el Registro de la Propiedad de Sagunto número Dos, al tomo 2043, libro 80 de Canet D'En Berenguer, folios 201 y 202, finca 247.
Las bases de la subasta son las siguientes:
1. La unica subasta tendrá lugar en la Notaria, sita en 46520 Puerto de Sagunto (Valencia) Avenida 9 de octubre, numero 82-A-1º, el próximo día 18 de diciembre de 2013, a las 12 horas, al tipo del precio tasado en la escritura de constitución de hipoteca, que es la cantidad de ciento ochenta y nueve mil euros (189.000,00 €).
Si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70% de dicho valor, se entenderá adjudicada la finca a quien presente la mejor postura. En otro caso, podrán los deudores presentar en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura alcanzando dicho porcentaje, o que, aun inferior a dicho importe, cubra el derecho del ejecutante. De no hacerlo, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca por el 70% de dicho valor o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad sea superior al 60% de su valor de tasación y a la mejor postura. No haciéndolo así se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50% del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.
De no haber ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días pedir la adjudicación por importe igual o superior al 50% del valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos. En caso contrario, se dará por terminada la ejecución.
2.- La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaria de lunes a viernes de 10 a 14 horas, entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.
3.- La subasta se regirá por lo establecido en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria y 236 de su Reglamento Hipotecario, así como por la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En Sagunto, 31 de octubre de 2013.- La Notaria.
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