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Documento BOE-B-2013-43618

OURENSE

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 2013, páginas 58538 a 58538 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2013-43618

TEXTO

EDICTO

D.ª María Regina Domínguez Cougil, Secretaria Judicial, del Xdo. Primera Instancia n.º 1 de Ourense, por el presente,

Anuncio:

En el presente procedimiento ordinario seguido a instancia de Eva Vázquez Eiriz, frente a Cesareo Rodríguez Durán, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo, es del siguiente tenor literal:

"Sentencia

En la Ciudad de Ourense, a 26 de noviembre de 2012.

María del Pilar Domínguez Comesaña, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia número uno de los de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio Declarativo Ordinario n.º 32/2.012 promovidos a instancia de doña Eva Vázquez Eiriz y en su representación por la Procuradora doña Sonia Ogando Vázquez asistida del Letrado don Valentín Banco López, contra don Cesáreo Rodríguez Durán, en situación procesal de rebeldía. Versan los presentes autos sobre Resolución de contrato de arrendamiento por fallecimiento del arrendatario.

Fallo:

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Sonia Ogando Vázquez, en representación de doña Eva Vázquez Eiriz contra don Cesáreo Rodríguez Durán declaro extinguido el contrato de arrendamiento suscrito en su día entre los causantes de los litigantes sobre la vivienda sita en Rezavella, número 19 del El Pino, Ourense, por no haberse notificado en el plazo indicado en el artículo 16 de la LAU el fallecimiento del arrendatario y la subrogación en su posición del demandado. Como consecuencia de la anterior declaración se condena al demandado a estar y pasar por la anterior declaración, dejando libre la vivienda a disposición del actor, con apercibimiento de lanzamiento a su costa.

Las costas se imponen a la demandada.

Esta sentencia no es firme contra la misma puede interponerse recurso de apelación a resolver por la Ilma. Audiencia Provincial de Ourense. El recurso deberá interponerse ante este mismo Juzgado, mediante escrito a presentar, en la forma indicada en el artículo 458 de la LEC, en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la notificación de la sentencia, acreditando la constitución del depósito de 50 € que para recurrir exige la disposición adicional décimo segunda de la LOPJ.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo."

Y encontrándose dicho demandado, Cesareo Rodríguez Durán, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Ourense, 27 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial,

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