Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.
Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 768/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Parc Industrial Romika-Reus, SL y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso voluntario 768/2013 Sección C1.
Nig del procedimiento: 08019-47-1-2013-8003296.
Entidad concursada: Parc Industrial Romika-Reus, SL con CIF n.º B64209240.
Tipo de concurso: voluntario.
Fecha de auto de declaración: 4 de noviembre de 2013.
Administrador/es Concursal/es: D. Xavier Domenech Orti, con domicilio profesional en Rbla. Catalunya, 49 1.º 2.ª 08007 Barcelona, núm. de teléfono 935441100, núm. Fax 932324563, con dirección electrónica www.ac-in.es/acin/accessapp/, designados por la sociedad nombrada administradora concursal Administradores Concursales Independientes, SLP.
Facultades del concursado: intervenidas.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 11 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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