De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no habiendo podido notificar a D. Eduardo Vialard Fernández y a D. Fernando Vialard Fernández el requerimiento previo al desalojo de la vivienda militar que ocupan sita en Las Palmas de Gran Canaria, acordado por el Director Gerente de este Organismo con fecha 8 de noviembre de 2013, una vez recaída la Resolución de 25/03/2013 que declaró la resolución del contrato de cesión de uso de la citada vivienda, por la causa prevista en el art. 10.1.g) de la Ley 26/1999, de 9 de julio, mediante el presente anuncio se les hace saber que se les concede un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente esta publicación, para que manifiesten expresamente si consienten o no la entrada en la vivienda, al objeto de proceder al lanzamiento.
Si transcurrido el plazo señalado no se ha recibido el mencionado consentimiento, se entenderá denegado y se solicitará la correspondiente autorización judicial de entrada en domicilio, para proceder al lanzamiento de los ocupantes de la vivienda.
Madrid, 20 de noviembre de 2013.- La Jefe de Área de Expedientes de la Subdirección General de Gestión.
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