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Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante,
Por el presente hago saber: Que en fecha 12 de noviembre de 2013, se ha dictado auto de conclusión del concurso que se tramita en este Juzgado con el n.º 301/08, frente a la mercantil Domus Urbana, S.L., con CIF número B-53759437, con domicilio en calle Bazan, n.º 12, 1.º D, Alicante, cuya parte dispositiva es la siguiente:
1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Domus Urbana, S.L., con CIF número B-53759437, con domicilio en calle Bazán, n.º 12, 1.º D, Alicante.
2. El deudor Domus Urbana, S.L., queda responsable del pago de los creditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
3.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Domus Urbana, S.L., que vinieron en su dia acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.
4.- Se acuerda la extinción de Domus Urbana, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, librese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la provincia.
5. Se aprueba la cuenta rendida por la administracion concursal en su informe de fecha 25 de julio de 2013.
6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requierase la devolución de la credencial.
Contra esta resolución no cabe recurso (art 177).
Alicante, 12 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
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