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Documento BOE-B-2013-44649

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 26 de noviembre de 2013, páginas 59804 a 59804 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-44649

TEXTO

Edicto.

Dña. Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se HACE SABER que en el procedimiento concursal 247/2013, seguido a instancias de la Procuradora, doña María del Pilar García Coello, en nombre y representación de G.D.B. Prolanz, S.L., se ha dictado Auto el día 19 de septiembre de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de G.D.B. Prolanz, S.L., con CIF n.º B-35590223, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal, el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. Agustín Márquez Cabrera, como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de Calle Teruel, n.º 27, 3.º X, 35500 Arrecife, Tlf. 928804116. Fax 928806390, correo electrónico amarquezabogado@yahoo.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, [p12] queda sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 13 de noviembre de 2013.- Secretaria Judicial.

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