El artículo 6.2 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria establece que la aprobación de los reglamentos de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas deben ser objeto de publicidad a través del Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña y del Boletín Oficial del Estado.
En consecuencia, se da publicidad a la Orden AAM/298/2013, de 19 de noviembre, por la que se aprueba el reconocimiento transitorio y el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Oli de l'Empordà o Aceite de L'Empordà, y se reconoce su Consejo Regulador provisional, cuyo texto consta íntegramente publicado en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña número 6513 de 2 de diciembre de 2013, que se puede consultar en la dirección electrónica http://www.gencat.cat/alimentacio/reglamento-oli-emporda/dogc/.
Barcelona, 2 de diciembre de 2013.- Bibiana Domingo Barbena, Secretaria general del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural.
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