De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y para que sirva de notificación a los interesados, tras haberse intentado las mismas sin que haya sido posible practicarlas, se notifica a la Asociación de Trabajadores e Inmigrantes Marroquíes en España - ATIME, cuyo último domicilio conocido es calle Canillas, 56, 28002 Madrid:
Expediente número 95/06
Acto que se notifica: Resolución del Director general de Migraciones de 8 de febrero de 2013 dictada en el expediente de reintegro de la subvención concedida en ejecución de la convocatoria efectuada por Orden TAS/1783/2006, de 2 de junio, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones del área de integración de los inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional.
Expediente número 54/10.
Acto que se notifica: Inicio de procedimiento de reintegro del Director general de Migraciones de 24 de junio de 2013 de la subvención concedida en virtud de resolución de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes de 17 de marzo de 2010 por la que se convoca la concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional.
Considerando que concurren las circunstancias previstas en el citado artículo 61, se hace una somera indicación del contenido del acto, advirtiendo a los interesados que están a su disposición en la sede de esta dependencia, c/ José Abascal, 39, 2.ª planta, en la que pueden comparecer, por sí o por medio de representante acreditado, para conocimiento de su contenido íntegro y constancia de tal conocimiento, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio.
Se advierte a los interesados que la resolución que se notifica pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, potestativamente, recurso de reposición ante la Ministra de Empleo y Seguridad Social, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados de la misma manera, conforme a lo previsto en el artículo 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que estime oportuno.
Se advierte a los interesados que el acuerdo de inicio de reintegro que se notifica concede un plazo de quince días hábiles para que pueda comparecer en el expediente, tomar audiencia y vista del mismo, proponer pruebas y realizar las alegaciones que tenga por conveniente, advirtiéndole que, transcurrido dicho plazo sin efectuar alegación alguna, se procederá conforme a lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dando por concluido dicho trámite y emitiéndose la correspondiente resolución.
Madrid, 4 de diciembre de 2013.- El Director general de Migraciones.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid