Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 1032/2013, por auto dictado el día 4 de diciembre de 2013, ha sido declarado en concurso voluntario a la mercantil Herzio Technologies, S.L., con CIF B85507838, y con domicilio en Madrid, en la calle Silvano, número 5.
Segundo.- Que la mercantil Herzio Technologies, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
Tercero.- Se acuerda simultáneamente la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.° del artículo 176 bis Ley Concursal.
Cuarto.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
Quinto.- Declarar la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Sexto.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 5 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.
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