De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), por la presente comunicación se notifican las Propuestas de Resolución y Trámite de Audiencia, formulados en Expedientes Sancionadores incoados por infracción a la Ley de Aguas que a continuación se relacionan, al no haber sido posible su notificación, por desconocerse el último domicilio del interesado o porque tras efectuar doble intento de notificación, ésta no se ha podido practicar.
La Propuesta de Resolución y Trámite de Audiencia podrá ser recogido por los interesados o representante legal acreditado, en las oficinas de este Organismo sitas en C/Sinforiano Madroñero, 12, de Badajoz, pudiendo solicitarse igualmente por escrito.
Se le significa que se le concede un plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de la presente publicación para que pueda alegar lo que estime más conveniente en su defensa.
Número de expediente. Interesado. Infracción. Sanción. Determinación.
E.S. 242/12/BA. Don Carlos María Aparicio Sánchez. Navegación fluvial. 600 euros.
Determinación: Advertirle que el ejercicio de la navegación, requiere la presentación de una Declaración Responsable, con la advertencia de que su incumplimiento podría implicar la imposición de las sanciones y determinaciones que reglamentariamente procedan.
E.S. 277/12/BA. Don Antonio Pérez Moreno. Ejecución de obras en zona de policía del Arroyo Sanguijuela. 600 euros.
Determinación: Deberá proceder en plazo máximo de un mes, a solicitar la correspondiente autorización administrativa de las obras, situadas en zona de policía, aportando la pertinente documentación para ello, a fin de legalizar dichas actuaciones, con la advertencia de que su incumplimiento podría implicar la imposición de nuevas sanciones y determinaciones que reglamentariamente procedan.
Significarle, que en caso de que se archivase el expediente de legalización, o la resolución recaída en el mismo fuese denegatoria, deberá proceder en plazo máximo de un mes a partir de la notificación de la correspondiente resolución, a la restitución del terreno a su anterior estado, con la advertencia de que su incumplimiento podría implicar la imposición de multa coercitiva y/o la ejecución subsidiaria por este Organismo de cuenca, siendo de su cuenta los gastos que por tal actuación se ocasionen.
Badajoz, 28 de enero de 2013.- Comisario de Aguas.
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