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Edicto
Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante, por el presente hago saber: Que en el procedimiento concursal abreviado seguido en este Juzgado con el número 704/08 de la mercantil Consypav, S.L., se ha dictado resolución de fecha 27-11-2012, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:
Parte dispositiva
1.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.
2.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
3.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.
5.- Se rehabilita a la administración concursal en su cargo.
6.- Preséntese por el administrador concursal, en el plazo de quince días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.
Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.
Alicante, 16 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.
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