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Edicto
Don José María Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1/2013 en el que se ha dictado con fecha 21 de enero de 2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad Formtube, S.L., con CIF B-61175881 y auto de aclaración de fecha 24 de enero de 2013 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2012 - 8007281.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Formtube, S.L., con domicilio en c. General Weyler, n.° 220, sótano, de Badalona.
Administrador concursal: Don Mario Palomar Sarabia, con domicilio en c. Balmes, n.° 188, 4.º, 1.ª, 08006 de Barcelona con correo electrónico concursoformtube@mmabogados.org, con telf. 93.2386739, fax 93 2386736.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Dado en Barcelona a, 29 de enero de 2013.- El Secretario judicial, Fdo.: José Maria Valls Soriano.
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