Yo, Rafael Fernández-Crehuet Serrano, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Córdoba,
Hago saber: Que ante mí, se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, número 3/2012 de expediente provisional, con arreglo al cual se celebrará la subasta de los bienes hipotecados, con las siguientes características:
1. N.º uno: Local comercial, ubicado en planta baja del edificio situado en esta Ciudad. Tiene su fachada a la calle Madre de Dios, n.º ocho bis, por donde tiene su entrada. Superficie útil 53,11 m2.
Cuota. Dieciséis enteros y treinta centésimas de otro entero.
Inscripción. Registro de la Propiedad número 4 de Córdoba, al tomo 2.448, libro 622, folio 40, finca número 5.510, inscripción 7.ª
2. N.º tres: Local comercial, ubicado en planta baja del edificio situado en esta ciudad. Tiene su fachada a la calle Barrionuevo, número cinco, por donde tiene su entrada. Superficie útil 93,52 m2.
Cuota: veintiocho enteros y setenta centésimas por ciento.
Inscripción. Registro de la Propiedad número 4 de Córdoba, al tomo 2.462, libro 636, folio 202, finca número 5.514, inscripción 7.ª
La subasta de las fincas se llevará bajo las siguientes condiciones:
Lugar: Todas las subastas se celebrarán en la mi Notaría, sita en avenida del Gran Capitán, número 18, 1.º 1, 14008 de Córdoba.
Fecha: Se señala la primera subasta para el día 9 de abril; la segunda subasta, en su caso, para el día 14 de mayo, y la tercera, en el suyo, para el día 18 de junio, todas de 2013 y a las 10,00 horas. En caso de mejora de la postura de la tercera subasta, se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores el día 26 de junio de 2013, a las 10,00 horas.
Tipo: Para la primera subasta, su total responsabilidad hipotecaria, respectiva, es decir: La finca n.º 5.514: 161.850,00 euros, y la finca n.º 5.510: 101.400,00 euros. En su caso, para la 2.ª subasta, en el 75% de las anteriores cantidades y en su caso la 3.ª subasta será sin sujeción a tipo.
Documentación y advertencias: La documentación y la certificación del Registro, a que se refieren los arts. 236-a y 236-b del R.H., pueden consultarse en la propia Notaria; se entenderá que todo licitador acepta como suficiente la titulación aportada; las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca y ampliaciones que se ejecutan, continuarán subsistentes.
Córdoba, 21 de febrero de 2013.- El Notario.
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