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De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no habiendo podido notificar a don Juan Llamas Perdigó, en los dos intentos practicados en su domicilio en Madrid, una vez ha adquirido firmeza la Resolución que acordó el desahucio de la vivienda militar sita en Madrid, en el expediente n.º 11/2008, por la causa contemplada en el art. 10.1.e) de la Ley 26/1999, de 9 de julio, al haberse desestimado el recurso contencioso-administrativo formulado contra la misma, se le hace saber que por el Director Gerente del INVIED se ha acordado, con fecha 7 de febrero de 2013, concederle un plazo de desalojo voluntario de quince días hábiles, a partir de la notificación de dicho Acuerdo, y fijar la fecha del lanzamiento de la vivienda militar el próximo 24 de abril de 2013, a las 10:00 horas de la mañana, recabándose para ello si fuera preciso el auxilio de la Fuerza Pública.
Antes de esa fecha podrá desalojarla voluntariamente, dejándola libre de personas, muebles y enseres, y poniéndola a disposición del Área de Atención al Ciudadano del INVIED en Madrid, mediante la entrega de las llaves.
En caso contrario el lanzamiento se llevará a efecto el día señalado.
Madrid, 22 de febrero de 2013.- La Jefe de Área de Expedientes de la Subdirección General de Gestión.
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