Yo, Miguel Enrique Estella Garbayo, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en Humanes de Madrid, hago saber:
I. Que ante mí, se tramita la venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, a instancia de Banco Santander Central Hispano, Sociedad Anónima, de la siguiente finca hipotecada:
Una participación de 88,792 por 100 de la siguiente:
Urbana. Parcela de terreno en término municipal de Humanes de Madrid, que constituye la parcela resultante R E2 del Proyecto de compensación correspondiente al Sector E "Residencial Valdehondillo". Tiene forma de polígono irregular de cinco lados, con una superficie de ochocientos diecisiete metros ochenta y nueve decímetros cuadrados. Linda: al noreste, en línea de ocho metros treinta y cuatro centímetros con el chaflán de confluencia de los viales V 1 Y V7 de las parcela VG y VI, respectivamente; al noreste, en línea de treinta metros ochenta y seis centímetros, con el vial V7 de la parcela VI; al sureste, en línea de cuarenta y cinco metros diez centímetros, con la parcela R E1; Y al oeste, en línea recta de cuarenta y un metros setenta y seis centímetros con el vial V 1 de la parcela VL. Uso urbanístico: parcela edificable de uso característico residencial. Edificabilidad: mil seiscientos cuarenta y seis metros cuadrados.
Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Fuenlabrada, al tomo1806, libro 343, folio 35, finca número 17580, inscripción 1.ª
II. Que se va a proceder a la subasta notarial de dicha finca, la cual se llevará a efecto bajo las siguientes condiciones:
1.Todas ellas tendrán lugar en mi Notaría, sita en la calle Estanislao Zazo, número 37, Local 2, de Humanes de Madrid (Madrid), 28970.
2. Se señala para la primera subasta el día 6 de mayo de 2013, la segunda subasta el día 6 de junio de 2013 y la tercera subasta el 8 de julio de 2013, a las once horas, siendo el tipo base el de novecientos veintinueve mil seiscientos ochenta y nueve euros y cuarenta céntimos ( 929.689,40 euros); para la segunda, el setenta y cinco por ciento de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción a tipo, siendo de aplicación en todo caso a la tercera subasta los límites previstos en la disposición adicional 6.ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
3. La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236,a) y 236,b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes, de diez a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada.
Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuaran subsistentes. Los licitadores, salvo el acreedor, deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo para la primera y segunda subasta, y en la tercera subasta del 20 por 100 del tipo de la segunda subasta, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.
Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Humanes de Madrid, 21 de febrero de 2013.- El Notario.
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