De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/l992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre), por la presente comunicación se notifica a ANDOPE MONTERRUBIANA, S.A., al haber sido intentada y no haberse podido practicar, el apercibimiento de multa coercitiva por incumplimiento de la obligación establecida en el expediente sancionador ESV.10080/2012/BA.
Se le concede un ultimo plazo de diez días para el cumplimiento de la misma en todos sus términos significándole que transcurrido dicho plazo sin ejecutarlo implicará la imposición de una multa coercitiva que podrá alcanzar hasta el 10 % de la sanción máxima fijada para la infracción cometida, siendo esta de 6.010,12 euros, a tenor de lo establecido en el artículo 117 del RD. 1/2001.
Ciudad Real, 7 de marzo de 2014.- El Comisario de Aguas, Timoteo Perea Tribaldos.
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