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Documento BOE-B-2014-10181

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2014, páginas 13179 a 13179 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-10181

TEXTO

Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en la Sección I Declaración Concurso de los autos de Concurso Abreviado Voluntario seguidos en este órgano judicial con el nº 160 /2013 y NIG n.º 13034 41 1 2013 0009489, se ha dictado en fecha 14-03-2014 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la entidad deudora "LOZANO ARTES GRAFICAS, S.L.", con CIF. nº B13010814 y domicilio social en calle Tomelloso, n.º 18, Pol. Ind. "Larache", de la localidad de Ciudad Real, cuyo centro de intereses principales lo tiene también en la localidad de Ciudad Real.

2º.- Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad deudora sobre su patrimonio, que seguirá ejerciendo el deudor, quedando sometida en el ejercicio de éstas a la autorización o conformidad del Administrador Concursal designado.

3º.- Se ha designado, como Administradora Concursal a la Letrada en ejercicio doña CARMEN DÍAZ DE MAGDALENA, colegiada n.º 62.195 del ICAM, con domicilio postal en Plaza Manuel Becerra, n.º 16, Piso 5.º Ext. Izada., 28028 MADRID, y dirección electrónica "despacho@diazdemagdalena.com", domicilios éstos que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

6º.- A su vez éstos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la L.C., podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 LC).

7º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 18 de marzo de 2014.- Secretaria Judicial.

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