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Documento BOE-B-2014-11636

LEÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 1 de abril de 2014, páginas 15210 a 15210 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-11636

TEXTO

Edicto

D. Francisco Atilano Barreñada, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 8 y Mercantil de León, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, declaración concurso 127/2014 y NIG n.º 24089 42 1 2014 0002336 se ha dictado en fecha 21 de marzo de 2014 auto de declaración de concurso del deudor LA BUENA VIDA EVENTOS, S.L. con CIF B24585937.

2.º Se acuerda la Apertura de la Liquidación de la sociedad, con declaración de su disolución, así como en situación de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo en ella sustituido su consejo de administración, como órgano liquidatorio, por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquel en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

3.º Se ha designado, como administrador concursal al Letrado D. ALBERTO MILLÁN HUELIN, mayor de edad, con domicilio profesional en calle Los Descalzos, n.º 11, bajo, 24003 de León, y dirección de correo electrónico amhuelin@ical.es, designada para la comunicación de créditos en este concurso, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador asistidos de Letrado, no siendo precisa la intervención de dichos profesionales para la comunicación de créditos.

León, 27 de marzo de 2014.- El Secretario judicial.

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