Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal n.º 74/2014C5, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso necesario a la entidad mercantil HOSTELERÍA UNIDA, S.A., y se ha ordenado darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.-Concurso Necesario 74/2014C5.
NIG del Procedimiento.-
Entidad Concursada.- HOSTELERÍA UNIDA, S.A. (HUSA). CIF n.º A-08791790.
Tipo de Concurso.- Necesario.
Fecha del Auto de Declaración.- 11 de febrero de 2014.
Administración Concursal.- D. José Manuel Calavia Molinero, con domicilio profesional en Barcelona, calle Diputación, n.º 260, y don Josep Pujolras Nonell, con domicilio profesional en Barcelona, calle Aribau, n.º 198, designado a instancia de la sociedad profesional Roca Junyent, S.L.P.
Correo electrónico de la Administración Concursal.- administracion.concursal.husa@mazars.es.
Facultades del concursado.- Intervenidas.
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado a tal efecto o remitirlos a dicho domicilio, también podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
En la comunicación se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.
También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resultaren necesarias o convenientes.
Se acompañará copia en forma electrónica del título o documentos relativos al crédito en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación.
El plazo de comunicación será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 17 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.
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