D.ª Virginia Merino Guijarro, Secretarioa Judicial deL Jdo. Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Soria,
Por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 69/2014, se ha dictado en fecha 28 de marzo de 2014 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor PANADERÍA MOLINA, S.L., con CIF B42128538, cuyo centro de ntereses principales lo tiene en Soria.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado como administración concursal a ILIQUIDIS, S.L.P., con domicilio postal en c/ Obispo San Agustín, n.º 2, 3.º, bajo, de Soria, y dirección electrónica pmolina@iliquidis.com señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Soria, 31 de marzo de 2014.- Secretaria Judicial.
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