"Diligencia. La extiendo yo, Letrado-Jefe de la Sección de Régimen Disciplinario. No habiéndose podido practicar la notificación de las resoluciones de 18 y 28 de marzo de 2014 recaídas en el expediente 44/13 al Ilmo. Sr. don Manuel Arce Lana a pesar de su repetido intento en su domicilio y teléfonos, y de la búsqueda de otros distintos en los que poder practicarse, conforme establece el art. 59.5 en relación con el art. 61 de la LRJAPyPAC, efectúese su notificación por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su domicilio y en el Boletín Oficial del Estado, mediante la indicación que dichas resoluciones se adoptaron en el mencionado procedimiento. Doy Fe. En Madrid a 4 de abril de 2014."
Al objeto de que sirva de notificación en legal forma y conforme a lo previsto en el art. 61 de la Ley 30/1992, con indicación expresa de que podrá comparecer en el plazo de dos días ante la Sección de Régimen Disciplinario del Consejo General del Poder Judicial para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento.
Madrid, 10 de abril de 2014.- El Secretario General.
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